Comunicado de prensaA partir de una presentación del Colectivo de Investigación y Acción Jurídica (CIAJ), el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1, a cargo de Luis Arias, dispuso la suspensión del nuevo cuadro tarifario de energía eléctrica. La medida alcanza a parte de la Provincia de Buenos Aires.
El Juzgado Contencioso Administrativo N° 1, a cargo de Luis Arias, hizo lugar a la medida cautelar presentada por el CIAJ, suspendiendo los efectos de las Resolución N° 22/16 dictada por el Ministro de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se aprueba el recálculo de los cuadros tarifarios de las distribuidoras de energía eléctrica.
En la resolución, el magistrado ordena que las empresas EDELAP (Empresa Distribuidora de Energía La Plata S.A.), EDES S.A. (Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A.), EDEA S.A. (Empresa Distribuidora de Energía Atlántica S.A.) y EDEN S.A. (Empresa Distribuidora de Energía Norte S.A.), se abstengan de aplicar a los usuarios del servicio público de distribución de energía eléctrica de la Provincia de Buenos Aires las subas establecidas en el nuevo régimen tarifario.Además las empresas distribuidoras deberán emitir nuevas facturas, y en caso de que las mismas ya fueran emitidas deberán admitir el pago según el cuadro tarifario vigente con anterioridad al incremento establecido, sin que ello implique la interrupción o alteración del servicio de distribución de energía eléctrica.
Uno de los argumentos que presenta la resolución judicial es que durante el procedimiento administrativo no se ha instrumentado mecanismo alguno de participación de los usuarios en la determinación del nuevo régimen tarifario, lo que vulnera el derecho a una información adecuada y veraz (art. 42 de la CN).Para el CIAJ el régimen actual del servicio público, por su particular recepción constitucional, prevé métodos sistemáticos de consulta que tienden a sostener un régimen jurídico que pone en el centro al usuario a partir de un claro mandato: la necesidad de su cuidado para garantizar su dignidad como persona humana a través del acceso al consumo de bienes y servicios básicos.
El derecho de acceso al consumo y a una economía y desarrollo sustentables tiene como objeto directo que los habitantes gocen de un efectivo acceso al consumo en sus necesidades básicas. La tarifa del servicio público, en este marco normativo constitucional, viene a jugar un papel central, ya que implicará o no la principal barrera para el acceso universal a los servicios por parte de los ciudadanos.El Estado, en este sentido, está obligado a respetar y estatuir esos procesos de consulta y máxima divulgación porque es su deber garantizar y prevenir la violación de derechos, y en caso de no prevenirlo, sancionar al infractor.
El aumento tarifario que hemos vivido en estos últimos meses se ha salteado todo el proceso establecido constitucionalmente y la información que ha llegado a los usuarios ha sido finalmente la de las boletas con pagos irrazonables y desproporcionados, la imposibilidad de acceso a servicios básicos, la violación de derechos humanos.
Transformar la energía para la vida -entendida como bien social y como derecho humano- en una mercancía elitista tiene sus múltiples aristas. Gremios y sindicatos, centros culturales, red de radios y televisión comunitarias, teatros, universidades públicas, cooperativas de trabajo y gráficas, etc., se erigen -a pesar de una relación de fuerza muy desigual frente a los monopolios de información- como la posibilidad de ejercer, desde lo cultural y comunicacional, un incipiente factor de respuesta que escape a los canales de protesta ya de por sí denostados y criminalizados por la justicia y los medios concentrados.
Todos ellos expresan hoy día las serias dificultades para seguir operando comunicacionalmente debido a la grave crisis económica en la que se hallan luego de los aumentos de luz y gas. El ahogamiento en que se encuentran es casi terminal y al riesgo de incrementar la tasa de desocupación se suma la posibilidad cierta de que se acallen las voces de disidencia y resistencia.En pleno proceso de ajuste económico que significó hasta ahora una pérdida de aproximadamente un 60 por ciento de la masa salarial de la clase trabajadora, el aumento de tarifas se impone como la continuidad de una estrategia de shock que lesiona gravemente el entramado social y los derechos de incidencia colectiva.
El goce y acceso a un bien social como el del uso de la energía para la vida se extiende como el respeto de los derechos humanos. Tras la fachada del diálogo y el republicanismo que vendría a encarnar, la ceocracia expone en cambio decisiones políticas de las que no ha informado ni ha tenido participación la ciudadanía y a través de las cuales lesiona y viola sus derechos colectivos.
La entrada Suspenden la suba de las tarifas de energía eléctrica aparece primero en Diario Criterio Online.