El Colegio de Abogados del Departamento Judicial Dolores, promovió una acción de amparo -en defensa de todos los matriculados y sobre todo de aquellos que no residen en Dolores- a los fines de que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, restablezca el servicio por el cual los letrados presentaban escritos en los Juzgados de Paz o en la cabecera departamental, esto es aquí en Dolores, y se remitían al juzgado correspondiente.

La Suprema Corte de la provincia, a través de una acordada, suspendió el llamado “servicio de mesas receptoras de escritos”, el mismo posibilitaba al abogado realizar presentaciones ante los Juzgados de Paz para causas, que por ejemplo, tramitaban en Dolores, ante esto, el Colegio de Abogados promovió una acción de amparo que fue rechazada por el Juez interinamente a cargo del Juzgado Correccional Nº 1 Departamental, Dr. Emiliano Lázzari.

Ante la decisión del Magistrado, el Colegio decidió apelar la medida por lo que la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata será el órgano que decida.

El Presidente del Colegio de Abogados del Departamento Judicial Dolores, Dr. Adrián R. Lamacchia, al respecto afirmó que “es importante resaltar que la interrupción de este servicio, genera un perjuicio, en primer lugar para la población de todo este extenso Departamento Judicial Dolores, que abarca 15 partidos de la Provincia y consecuentemente para todos los Abogados, por lo que esperamos una resolución favorable por parte de la Cámara de Mar del Plata; esta prestación que fue suspendida, facilitaba la labor de los letrados y por supuesto redundaba en beneficio de los clientes, es por eso que decidimos recurrir la medida adoptada por el Sr. Juez Lázzari”.

Aclara el Dr. Lamacchia que si bien hoy se ha digitalizado el 80% de los escritos que se presentan en un expediente, quedan fuera de ello importantes excepciones, que deben obligatoriamente ser presentadas en soporte papel, como por ejemplo la contestación de una demanda.

Por último agregó: “la medida fue sorpresiva y pese a presentar notas solicitando se la revea, no fue posible ello, frente a lo cual recurrimos a uno de los remedidos que la ley otorga, intentando se la revierta o flexibilice”.

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