Desde septiembre: $1182.

El pago se realiza una vez al año junto al calendario habitual de cada una de las prestaciones a monotributistas, trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y titulares de la Asignación Universal por Hijo, de la Prestación por Desempleo y de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

Durante marzo y abril de cada año, la ANSES abona automáticamente la Ayuda Escolar Anual a los titulares que tengan derecho a percibir, en esos meses, las Asignaciones Familiares por Hijo o Hijo con Discapacidad o la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH). El monto general de esta prestación, a partir del 1º de septiembre y en el marco de la Ley de Movilidad, es de $1182.

Por el pago anticipado de la asignación o las personas que no la hayan percibido deberán acreditar ante la ANSES la escolaridad o rehabilitación de los hijos con el Formulario PS.2.68 Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial/Formación, hasta el 31 de diciembre de cada año.

La Ayuda Escolar se abona a cada titular que tenga a su cargo niños de 45 meses a 18 años, quienes concurran a un establecimiento educativo nacional, provincial, municipal o privado (subvencionado o no) y se encuentre incorporado a la enseñanza oficial y obligatoria y en el que se imparta educación inicial, primaria o general básica, o educación secundaria o polimodal.

Asimismo, tienen derecho a cobrarla aquellos titulares con hijos, sin límite de edad, que cuenten con una autorización por discapacidad vigente y concurran a establecimientos con enseñanza diferencial, de formación laboral (para el desarrollo e inserción social), talleres protegidos, institutos públicos o privados controlados por la autoridad competente en los que se presten servicios de rehabilitación o reciban enseñanza de maestros particulares que posean matrícula habilitante.

Cabe aclarar que, en el caso de los titulares de la AUH cuyo hijo o hijo con discapacidad tenga entre 5 y 17 años, la acreditación de la escolaridad quedará cubierta con la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación o Formulario PS.1.47 Asignación Universal – Salud, Educación y Declaración Jurada que debe presentar anualmente para cobrar el 20% acumulado.

 Presentación del Formulario PS.2.68

Aquellos titulares que deban presentar el formulario de acreditación de escolaridad podrán hacerlo de dos maneras:

a)    personalmente en una oficina de la ANSES

•solicitar el formulario en el organismo o imprimirlo desde www.anses.gob.ar.

•llevarlo al establecimiento educativo o instituto de rehabilitación para que se completen los datos correspondientes, con firma y sello.

•presentarlo en una oficina de atención, solicitando previamente un turno para Ayuda Escolar Anual – Presentación Formulario PS.2.68, a través del 130 o en www.anses.gob.ar, sección Turnos Online.

b)    desde Internet   

•ingresar en www.anses.gob.ar, sección Asignaciones Familiares/Ayuda Escolar Anual y acceder al formulario online.

•completarlo, descargarlo e imprimirlo.

•llevarlo al establecimiento educativo o instituto de rehabilitación para que se completen los datos correspondientes, con firma y sello.

•escanearlo y enviarlo desde la web de la ANSES, sección Asignaciones Familiares/Ayuda Escolar Anual/Acreditación de Escolaridad online.

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