Rodrigo Bentaberry

-Por Rodrigo Bentaberry-

Los desafíos de lo posible. Parte 1.-

Entender la seguridad con un comportamiento estanco se representa como un error en seguridad publica insalvable. Desde principios de siglo la configuración carcelaria no ha mutado en su esencia ni se ha variado significativamente en su contenido criminológico. Los lineamientos carcelarios que hasta la actualidad se siguen son los mismos que genero la generación del 80, heredados hasta el presente, y que pudieron servir en un principio para dar una solución desde un esquema sociológico para la población carcelaria del siglo 20. Ahora bien, en el presente se deben encarar necesariamente nuevos desafíos, que ya no son los mismos que otrora tuvieron los padres de la patria sino que por el contrario se representan totalmente visibles en un entendimiento moderno y pragmático del conflicto penitenciario. Bien sabido es que la problemática del delito y la seguridad ha variado sustancialmente en el último siglo, los desafíos han sido diversos, el tipo de comisión de delito así como también la casuística ha explorado extremos impensables, todo ello ha sucedido a espaldas del sistema carcelario, quien como testigo mudo de una obra representada sin su presencia ha permanecido inmutable casi contemplativo o detenido en el tiempo. Por decisión política o quizás por el mismo sistema represivo que guardaba el silencio de sus actores, muy poco o casi nada se ha tratado la cuestión carcelaria.

La legislación a nivel nacional y en la Provincia de Buenos Aires ha tenido comportamientos espasmódicos siempre detrás del problema y careciendo absolutamente de un comportamiento estratégico o un ideario que pudiera echar luz sobre lo que las mandas constitucionales requerían o la ciudadanía evocaba en su clamor de justicia. Claramente durante todo este periodo no existieron parámetros de razón que hicieran deslumbrar un manto de razón a una problemática sin solución. La cárcel entrado el siglo 21, es una cuestión de la que pocos hablan que casi permanecen en el oscurantismo más absoluto hasta tanto un problema llama la atención de la opinión pública.

La sociedad no puede permanecer inerte ante un concepto tan básico o un elemento de la seguridad que representa el final del camino; sin una adecuación del sistema penitenciario el elemento de la seguridad pública jamás encontrará una readaptación a los parámetros normales o habituales en el mundo. En el sistema penitenciario a nivel internacional, hoy no se discuten los antiguos esquemas normativos que aquí parecieran ser la única solución palpable a dicho cuestionamiento, más bien hoy estamos en presencia de otro sistema punitivo que pone como centro al reglamento, el único que tiene una llegada efectiva y palpable a fin del tratamiento penitenciario. Sin un tratamiento adecuado no puede siquiera estar por cerca la indiscutible proporcionalidad del sistema penitenciario. No existe ni un justo porvenir para el condenado, ni mucho menos la posibilidad de que una sociedad pueda resignificar el valor de la ley.

Simplemente el camino y los métodos no fueron los que fracasaron sino que efectivamente cayeron en desuso , pretender que la cárcel no se adapte a la sociedad en sus nuevos desafíos de seguridad, es verla como una institución que carece efectivamente de dinamismo, el mismo que reclaman las soluciones inteligentes dentro de un esquema de seguridad pública. El fracaso de la sociedad carcelaria argentina no solo se representa en su principal producto, la reincidencia, sino que además otros factores de importancia como el mal uso de los fondos públicos y la inutilidad de las aspiraciones legislativas, también son una de las principales herencias de un sistema poco efectivo, como está planteado.

La sociedad nunca debatió sobre el abolicionismo penal; eso es una discusión retórica de la doctrina judicial hipócrita que descree del sistema penal, aunque todos viven o han vivido del él. Nuestro pueblo cree que los delincuentes deben ser encarcelados y que deben salir rehabilitados , es una idea simple y con sentido común, escuchar a la gente seria lo que facilitaría realizar un camino nuevo y no lleno de intereses mezquinos como el que lamentablemente se ha recorrido hasta aquí, sin fruto alguno más que un crecimiento impensable antaño del delito.

El propósito del presente trabajo no es hacer un cruel análisis histórico sino que precisamente es mirar al futuro con esperanza y optimismo, porque el camino es largo y necesitará de mucho trabajo, pero es posible , concretable, realizable y representará un cambio profundo en el esquema de seguridad pública.

Lo primero que tenemos que pensar es si creemos en la cárcel, es decir volver a enamorarnos de la institucionalidad de la misma, porque teniendo claro que la utopía del abolicionismo penal es nada más que una parodia, que lejos de resolver el problema contribuyó a socavar sus bases institucionales, la cuestión de fe en la cárcel como institución, se representa como esencial a fin de poder encontrar un recorrido que nos convenza de poder transitarlo. No existe posibilidad de que la cárcel no exista, desde el punto de vista que nuestro sistema legal así lo prevé, entonces la cárcel es como ese pariente al que tratamos de desconocer y del que nos preguntan, pero por más que le demos vuelta al asunto es nuestro pariente y aunque lo neguemos está ahí, bueno entonces ¿Porque no está presente la cuestión penitenciaria en nuestras políticas publicas activas? Simplemente por el hecho de que no somos lo suficientemente maduros para saber que a un problema hay que enfrentarlo y que si seguimos negando la realidad, la enfermedad terminara por matarnos y poner como lo ha hecho en peligro a toda la sociedad. La única posibilidad de tratamiento de la conducta desviada está en la cárcel no en otro lado y es por eso que debemos abocarnos a encontrar una solución que implique, que no es lo mismo tener a una persona con posibilidad de tratamiento que no tenerlo, y si esta privado de la libertad debemos garantizar sus derechos humanos básicos y darle la posibilidad a la victima de reparación, y a la sociedad de volver a tener a un miembro útil. El ciclo de la reincidencia se da precisamente, porque la cárcel no ofrece la posibilidad de socialización primaria y ello es el núcleo del primer gran problema e implica la segunda gran interrogante, esencialmente, porque perdemos la posibilidad de tratamiento. El enamorarse de la ley de ejecución penal tampoco ha servido demasiado, solamente la misma configura una esencial garantía mínima de los procesados y condenados, lo que no implica de ningún modo su plena operatividad, puesto que efectivamente los alcances de las normas solo pasan de un esquema virtual a uno real; por la efectiva concreción de los derechos que consagran. Los principios contenidos en la ley de ejecución penal son necesarios útiles, pertinentes y conforman un esquema normativo producto de luchas históricas en nuestro país, ahora bien; el siglo 20 no ha podido representar dichos derechos individuales y humanos básicos de manera que impliquen no solo el respeto de los derechos referenciados a los condenados; sino que también el afán de conseguir la efectivización de los idearios con que la pena privativa de la libertad ha sido creada dentro de una sociedad civilizada. Sabiendo precisamente que no podremos ver cambios si el tratamiento no se adecua a una estrategia común de reinserción de condenado debemos distinguir los elementos sociológicos que componen el denominado círculo de la reincidencia, ellos son:

1- La falta de capacitación y profesionalismo del personal penitenciario. Salvo intentos espasmódicos el personal penitenciario recibe su formación dentro de sus esquemas de estudios y siempre dentro de un régimen contenido en un esquema de seguridad castrense y cerrada además de carecerse en nuestro país de licenciaturas o tecnicaturas en tratamiento de reclusos. Durante todo su tránsito dentro de la institución penitenciaria el personal no realiza tarea de formación alguna ni de perfeccionamiento lo que conlleva necesariamente no solo una irresponsabilidad desde el punto de vista institucional sino que también un detrimento de las condiciones óptimas de actualización de contenidos que se encuentran siempre en constante evolución. Sin capacitación constante no es posible una evolución para el progreso del condenado, quien no solamente se ve privado de un mejor tratamiento sino que además se mimetiza por tradición criminal comportamientos generacionales.

2- La falta de motivación y desafíos estratégicos: al carecer el esquema penitenciario de desafíos concretos se ha provocado también como rasgos cultural interinstitucional una falta de motivación en el personal, y esto se debe sobre todo a la falta de una política penitenciaria de carácter estratégico y prolongada en el tiempo. Salvo pequeñas excepciones la política penitenciarias van cambiando en las sucesivas administraciones y ello conlleva que el personal se encuentre en constante situación de tensión y sin una directiva clara del rumbo a seguir. Es en esta circunstancia en que ningún tratamiento penitenciario puede ser eficaz dado que específicamente que existe un grado superlativo de acciones reales y concretas a seguir, puesto que lo que está bien para uno, puede efectivamente estar mal para el que ingresa como nuevo administrador de la política penitenciaria.

3- La mala distribución de los recursos humanos: si bien la ley de ejecución penal determina efectivamente un tratamiento que busca nada más ni nada menos que la reinserción social, desde su promulgación hasta la actualidad se ha sobrecargado el sistema de efectores de seguridad, relegando a un segundo plano a quienes efectivamente tiene la posibilidad de efectuar un tratamiento, como lo son los educadores, los psicólogos, los médicos, los asistentes sociales, etc. Es notable la falta de dichos recursos humanos y los pocos existentes quedan sobrecargados en su labor y no pueden cumplir cabalmente la función para la que se encuentran dentro del sistema penitenciario. Si queremos cortar el circulo vicioso de la reincidencia debemos llenar nuestras cárceles de educadores, psicólogos y médicos.

4- La falta de individualización de los problemas específicos de los internos: al carecerse un sistema de contención adecuado necesariamente también existe un grave problema en los criterios selectivos de aplicación de tratamiento. Esto se debe fundamentalmente al hecho de que al carecer como adelantaba en el punto anterior, de una correcta distribución de efectores de tratamiento al ingreso de un interno no existe o es menor su periodo de observación, con lo cual no se puede a lo largo de su tránsito por la privación de la libertad contar con un correcto impulso estratégico de tratamiento, ello conlleva uno de los graves problema de diagnóstico criminológico, y sin su existencia no se podrá absolutamente a lo largo de la privación de la libertad tener por seguro la adecuación de un interno para un posterior egreso.

5- La existencia en la cárcel de núcleos de poder: si bien es cierto que en todo grupo humano por principios antropológicos existen naturalmente condiciones de liderazgo y sumisión, la cárcel de siglo 21 debe romper con estos esquemas atávicos, si quiere ser efectiva desde lo institucional. Quizás uno de los peores efectos que ha provocado este carácter sea que dicho núcleo de poder no solo se encuentra representado por el interaccionar de los internos sino que además existe en su centro la mancomunión de efectores de seguridad, en muchos casos es muy delicado el límite de las relaciones en poder entre el personal penitenciario y los privados de la libertad.

6- El alto grado de corrupción: pese a los cuantiosos fondos públicos que se destinan al tratamiento de los internos una mínima parte de ellos llega a su tratamiento, ello se debe fundamentalmente a que la cárcel del siglo 20 ha sido sin lugar a dudas una de la instituciones más corruptas dentro de la República. Sin la existencia de mecanismos claros de auditoria interna, que garanticen que los fondos públicos son gastados en el tratamiento efectivo de los internos no existe posibilidad alguna de romper el círculo de reincidencia, fundamentalmente porque la cárcel se comporta como un vaso roto en el cual se invierte pero nunca puede satisfacerse un estándar de tratamiento adecuado porque el dinero de los contribuyentes termina siendo saqueado mal utilizado o simplemente no puesto en la prioridades de tratamiento.

7.- La uniformidad del tratamiento penitenciario: Si bien es cierto que existen algunos intentos de especificidad en cuanto al tratamiento, no podemos dejar de representarnos que debe necesariamente tender a tratamientos penitenciarios específicos por delito, edad, grado de educación, tratando de generar una mejor aplicación del mismo y evitando, los efectos nocivos de lo que la criminología ha denominado asociación diferencial. La percepción de la sociedad entera es que la cárcel se comporta en muchos casos como una institución que perfecciona a muchos de los privados de la libertad en un camino al delito luego de su egreso, dichas particularidades existentes en muchos casos sólo podrán ser evitadas con un cambio profundo en la sociología carcelaria y eso será posible tratando de generar tratamientos más específicos, luego de una correcta evaluación.

8.- La escasa oferta laboral y educativa para los internos: En la actualidad las cárceles carecen de elementos esenciales para el tratamiento como lo son el trabajo y la educación, lo que debe configurar no sólo un derecho sino un deber. Sin estos elementos esenciales de la vida es imposible pensar en un reordenamiento del comportamiento desviado, es decir sin el método del trabajo y la educación es nula la posibilidad que al egreso tengamos un miembro útil para la sociedad. La cárcel del siglo 21 debe ver en estos ejes la posibilidad cierta de su redención.
9.- La falta de contención familiar: Los elementos sociológicos de producción del delito determinan simplemente, que el delito como fenómeno criminológico no se basa solamente en el determinante criminal volitivo e individual del delito, sino que por el contrario la multiplicidad de factores se representan en un contexto que no puede ser aislado o ignorado, sino que aquí estará precisamente el origen de la cuestión criminal, sin un seguimiento y análisis de la problemática familiar será prácticamente imposible tener conciencia de lo que se ha fallado, de cuales son efectivamente las posibles causas anexas que determinaron a un hombre a cometer delito.

10.- La ausencia de seguimiento al egreso del interno: No existen programas destinados al seguimiento de la persona que recupera la libertad, y ello implica necesariamente una falla esencial del sistema, mucho menos criterios de libertad vigilada para los delitos más graves, como sucede en otras partes del mundo y que posibilitan que el ojo panóptico del estado siga presente.

Tradicionalmente las leyes de ejecución penal continentales han separado los principios de ejecución de la pena en dos grandes áreas, la de vigilancia y la de tratamiento; dichos esquemas tradicionales no han sido modificados de manera sustancial dentro de nuestro país pudiendo efectuarse avances en un primer término pero luego y producto también de la mutación del delito se sobredimensiono el área de vigilancia. Este exceso en la seguridad de los internos si bien se justifica en algunos casos no es otra cosa que producto de la incorrecta evaluación de ingreso y tránsito de los mismos dentro de las unidades penales. Sin un marco adecuado de selección por problemática criminal se ha tendido a considerar a todos los presos peligrosos y este vicio repetido en el tiempo ha provocado que la seguridad valla comiendo poco a poco al tratamiento; esta relación de fuerzas debe modificarse de manera sustancial en el siglo 21 para poder necesariamente cortar el circulo de la reincidencia y obtener estándares de rehabilitación más adecuados a un estado de derecho. El canibalismo voraz que se ha provocado se representa también en los problemas de violencia interna esquematizados en la alta tasa de homicidios intramuros en nuestro país. En la cárceles no se trabaja sobre la violencia como fenómenos sociológico, se la desconoce absolutamente y o existen programas tendientes a su disminución. Sin poder revertir los altos índices de violencia tampoco se podrá generar una política penitenciaria exitosa tendiente a la rehabilitación de los condenados. El interno o solo proviene en las mayoría de los casos de esquemas sociales violentos sino que al ingreso en la unidades penitenciarias se encuentra con un marco mucho más hostil aun, esto que parce natural no solamente se presenta como una fricción innecesaria sino que además entraña uno de los principales determinantes psicológicos de la futura conducta criminal del interno que egresa.

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