El Juzgado en lo Contencioso y Administrativo de Dolores ratificó la prohibición de venta y uso particular de pirotecnia.
Esta medida responde a una demanda presentada por la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA) en 2019, que cuestionaba la ordenanza local que restringía el uso de estos productos. El juez Marcelo Daniel Fernández consideró inconstitucional la prohibición de la comercialización mayorista, pero mantuvo la restricción sobre la venta minorista y el uso particular de pirotecnia, basándose en la ley provincial Nº 15.406.
La decisión busca proteger la salud, el bienestar de las personas y animales, y el medio ambiente